Mi vivienda está okupada ¿a qué me arriesgo como propietario?
25 Oct.- Ante un caso de okupación, si bien el principal problema a solventar es
la pronta recuperación de la efectiva posesión de las propiedades, este no suele
ser el único riesgo que entraña la usurpación ilegal de viviendas. Por el
contrario, los propietarios de viviendas okupadas también deben lidiar con todo
lo que ocurre dentro y en las inmediaciones de sus inmuebles durante el tiempo
que dura la infracción.
Así, hace unos días una terrible noticia ocupó los noticieros de todo el país:
un incendio fatídico se cobraba la vida de 4 personas, dejando a otras 9 más
gravemente heridas en Vigo, Galicia.
El edificio donde se desencadenó el incendio estaba okupado desde hacía meses y
trágicamente, una madre y tres de sus hijos, miembros de una de estas familias
okupas, fueron las víctimas mortales del trágico suceso, según lo reportado por
la agencia EFE.
El fuego se inició en el portal del edificio, concretamente en el cuadro de
luces, extendiéndose la humareda hacia los pisos superiores rápidamente; por la
propia distribución de la vivienda.
Aunque continúa abierta la investigación para desentrañar qué ocurrió realmente
la madrugada del miércoles 11 de octubre, la hipótesis que más se maneja hasta
el momento es que el fuego fue, efectivamente, provocado.
Aunque todavía no se ha descartado ninguna teoría, es innegable que las
viviendas okupadas presentan problemas que van más allá de la intrusión
ilegítima sin consentimiento. Esto es así porque entre los residentes de los
pisos okupados a menudo surgen otros conflictos como el tráfico de drogas o las
disputas entre vecinos.
Asimismo, estos edificios también suelen estar en el punto de mira debido a las
condiciones en las que se encuentran, generalmente descuidados, con falta de
limpieza y mantenimiento, y los consiguientes problemas de seguridad que surgen
como resultado de esta falta de supervisión.
Por estas razones, si eres propietario de un inmueble okupado es alto probable
que las cuestiones relacionadas con la responsabilidad por daños producidos en
viviendas okupadas ilegalmente sean de tu interés.
Pues bien, la redacción de nuestro artículo 1910 del Código Civil establece que
la responsabilidad de los daños causados recae en el “cabeza de familia que
habita una casa o parte de ella”. Por lo tanto, en el caso de una vivienda
ocupada, la figura de cabeza de familia se atribuye a la persona que
efectivamente reside en la vivienda, es decir, los ocupantes.
En adición, contar con un seguro adecuado también puede ahorrarnos
preocupaciones, pues, aunque por lo general no ofrecen cobertura suficiente para
cubrir todos los daños que un okupa puede provocar, en ocasiones, estos sí
cubren hurtos y daños vandálicos. Así es que, si bien normalmente las segundas
residencias cuentan con seguros más básicos, merece la pena invertir en ellas si
existe riesgo de okupación.
En conclusión, hacer frente a un incendio o a daños en tu vivienda, no es plato
de buen gusto para nadie. Sin embargo, es de gran alivio saber que, siguiendo
las vigentes normas del código civil, quien debe resarcir dichos perjuicios es
el habitante del lugar en el momento de la comisión de los hechos.
No obstante, una vez estamos al tanto de la ocupación de nuestra vivienda, la
mejor alternativanes tomar medidas inmediatas que aseguren el cese de esta
intromisión. Desde Desokupa Expres [https://www.desokupaexpres.com/]
garantizamos la evacuación de viviendas okupadas por delito de usurpación.
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conflictos no deseados.
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