Multas y penas por desalojo de okupas por la fuerza
24 Feb.- Cuando el propietario de un inmueble sufre la ocupación ilegal de su vivienda, por lo general suele acudir a la justicia o a especialistas en desalojos como Desokupa Expres para solucionar el problema con la mayor brevedad posible. Sin embargo, algunos de los procesos se complican en el tiempo más de lo previsto y hay veces que el propietario piensa en tomarse la justicia por su cuenta. ¡Gran error! Sólo conseguirá empeorar aún más la situación.
Conoce los delitos de los que el propietario puede ser acusado y las consecuencias legales que conlleva intentar recuperar una vivienda sin contar con el respaldo legal. En este artículo te lo contamos:
- Desalojar okupas por la fuerza es un delito que recoge el Código Penal en su artículo 455. En él se dictamina que es delito cuando se "actúa fuera de las vías legales para conseguir un derecho propio, empleando para ello violencia, intimidación o fuerza en las cosas". Este delito se castiga con pena de multa de entre 6 y 12 meses, pero además, la pena podrías ser superior si el infractor utiliza armas u objetos peligrosos para intimidar al okupa y forzar su salida. De este modo, el delito se agrava y la pena podría aumentar considerablemente.
- El hecho de cortar los suministros básicos de la vivienda como el agua o la luz, también suponen delito recogido en el artículo 172 del Código Penal, en este caso se considera un delito de coacción, pero dependiendo del objetivo que se persigue, existen varios tipos delitos de coacción y en concordancia, diferentes grados de pena o multa. El delito de coacción está regulado en el artículo 172 del Código Penal, donde se explican diferentes tipos de coacción, en relación al objetivo que se pretenda conseguir. La pena de prisión por coacción depende de la gravedad del delito o de los medios empleados para conseguir el objetivo. Puede ir de los 6 meses a incluso los 3 años de cárcel, o una multa de 12 a 24 meses.
Penas y multas para los okupas
Estos son los delitos a los que se enfrenta el propietario, pero ¿qué pasa con los okupas?, ¿qué delitos infringen y qué consecuencias tienen?
Para los okupas, existen tres tipos de situaciones y pueden aplicarse diferentes penas, dependiendo de la gravedad de casa una de ellas, las cantidades finales de las multas serán fijadas por el juez según la gravedad de los hechos que se les imputan.
- Si la vivienda está deshabitada, la pena suele situarse entre los 3 y los 6 meses de multa.
- Okupar sin violencia de una vivienda habitada, de entre 6 meses y 2 años de prisión.
- Okupar violentamente una vivienda habitada, con pena de prisión de entre 1 y 4 años y una multa de entre 6 y 12 meses.
En Desokupa Expres actuamos siempre por la vía legal, sin incurrir en delito que pueda perjudicar al propietario y con las máximas garantías de éxito.
Emprendemos las vías legales. Contamos con un Departamento Jurídico que estudia cada caso de forma personalizada, pero siempre bajo la legalidad vigente, simplificando trámites y reduciendo tiempos de espera.
Haz tu consulta de forma gratuita. Llama a 645 250 976 o escríbenos a info@desokupaexpres.com