Utilizamos cookies propias y de terceros para obtener datos estadísticos de la navegación de nuestros usuarios y mejorar nuestros servicios. Puede cambiar la configuración u obtener más información en nuestra Política de Cookies

¿Qué derechos tiene un okupa que se mete en mi casa?

¿Qué derechos tiene un okupa que se mete en mi casa?

28 Jun.- Puede parecer inverosímil, pero cuando un okupa se mete en una casa que no es suya con la intención de okuparla, a menudo adquiere una serie de 'derechos' que le aseguran la estancia en la vivienda y el no poder ser desalojados por el legítimo propietario.

En Desokupa Expres conocemos muy bien estas situaciones y, cómo esos ciertos 'derechos' que adquiere el okupa, quiebran el bienestar físico y emocional del propietario que no encuentra una solución rápida al problema y que recurren a empresas especializadas en desalojo de okupas como nosotros para echar a estos individuos de su propiedad lo antes posible.

Podemos decir que hay dos aspectos a tener en cuenta a la hora de denunciar una okupación. De estos dos aspectos depende los derechos que puedan adquirir o no los okupas:

  • El tiempo: Si se denuncia en un plazo de 48 horas tras la entrada de los okupas en la vivienda, la Policía podrá desalojar a los okupas sin que sea necesaria una orden judicial.
  • Si es primera vivienda o no: Si no se trata de una primera vivienda del propietario y la denuncia se presenta pasadas 48 horas de la okupación, la situación puede llegar a convertirse en un infierno para el dueño legítimo ya que se complican y alargan mucho los trámites judiciales para desalojar el inmueble.

El principio de inviolabilidad, también conocido como principio de inviolabilidad del domicilio, es un principio legal que protege el derecho de una persona a la privacidad y a la inviolabilidad de su domicilio. A él recurren los okupas para alargar al máximo su estancia en la vivienda que no es suya. Este principio establece que el hogar de una persona está protegido contra intrusiones y registros no autorizados por parte del gobierno u otras personas, ni siquiera el legítimo propietario.

Por esto y para asegurar este principio, los okupas suelen cambiar la cerradura de la puerta, lo que impide que el dueño pueda entrar en la casa y además no tenga el derecho de hacerlo si no va provisto de una orden judicial, ya que la vivienda legalmente, con el cambio de cerradura, pasa a considerarse la morada de los okupas.

Además de los aspectos citados que el afectado debe tener en cuenta, los okupas disfrutan de 6 derechos que adquieren cuando se instalan en una casa ajena.

1.- El Derecho a no ser desalojado sin una orden judicial por medio, a menos que se den determinadas circunstancias.

2.- Como ya hemos dicho, el Derecho a que la vivienda se considere su residencia al cambiar la cerradura de la puerta, gracias al principio de principio de inviolabilidad del domicilio, lo que supone también que el propietario no pueda forzar la puerta para entrar en el domicilio.

3.- Además, paradójicamente y como ya hemos hablado en anteriores artículos, el okupa tiene el Derecho a que el propietario no pueda cortar el suministro de agua, luz, gas, etc. y además obliga al propietario a seguir pagándolos.

4.- Período de ocupación prolongada. En algunos lugares, si el ocupante ilegal ha residido en la propiedad durante un período prolongado de tiempo sin ser desalojado, pueden surgir ciertas protecciones legales que dificultan el desalojo inmediato.

5.- Situaciones de necesidad. En algunos casos, si el ocupante ilegal puede demostrar que se encuentra en una situación de necesidad o vulnerabilidad careciendo de una vivienda alternativa adecuada, pueden existir disposiciones legales que protejan su derecho a permanecer en la propiedad por un período de tiempo determinado.

6.- Las irregularidades en los procedimientos de desalojo que pueden volverse en contra del propietario y convertirse en un derecho para el okupa. Si el propietario o la policía no siguen los procedimientos legales adecuados al llevar a cabo el desalojo, el ocupante ilegal puede tener derechos para impugnar el desalojo y buscar reparaciones legales.

Es importante destacar que estos derechos pueden variar considerablemente según la jurisdicción y las circunstancias específicas del caso.

Además, es posible que algunos de estos derechos solo se apliquen en situaciones excepcionales o bajo ciertas condiciones específicas.

Por lo tanto, es fundamental obtener asesoramiento legal  y jurídico específico de personal experto en desokupaciones. En Desokupa Expres puedes consultar tus dudas al respecto, te ayudamos a desalojo de okupas en tu propiedad, siempre basándonos en la legalidad vigente y las regulaciones locales.

5 años de experiencia y más de 2.500 desokupaciones con éxito nos avalan.

Contacta con nosotros en el 645 250 976 o en nuestro email: info@desokupaexpres.com. Consulta gratuita.

¿En qué puedo ayudarte?